L’epidèmia del còlera de 1854 a Sarrià.
Tots sabem que el còlera va presentar-se en diferents episodis durant tot el segle 19.
Això passava a les èpoques de calor, a les grans aglomeracions urbans de d’època, a les ciutats portuàries.
Es evident que Sarrià no era una població apropiada, però era massa a prop de Barcelona i consta que les dues primeres persones en morir de còlera a Sarrià varen ser alguns forasters de Barcelona que s’havien refugiat fugint de la capital on feia dies que hi havia còlera.
Entre el 9 d’agost i el 7 de setembre van morir a Sarrià 177 persones de les que només 75 eren veïns del poble, van ser en total 60 dies, amb un màxim de 10 morts un dels dies.
Podem seguir la crònica del que succeí si deixem que parlin els documents d’aquell any.
A continuació transcric les actes de la Junta de Sanitat de l’Ajuntament de Sarrià, que comencen abans que hi hagués cap cas a Sarrià i que parlen per elles soles. Podríem titular-ho:
La gestió d’una crisi
Reunió del 31 de juliol
En el pueblo de Sarria a 31 de julio de 1854 reunida la junta de sanidad en sesión ordinaria bajo la presidencia del Sr. Alcalde Juan Margenat y en unión con el Sr. Vicario por ausencia del cura párroco y con los demás vocales anotados al margen ( Salvador Negrevernis, Salvador Casanovas y Bernardo Turell ), el Sr. presidente dijo que siguiendo los bandos urgentes sobre la salud publica, dictaba por ahora en calidad de interinas las providencias siguientes:
Primera. Se ordena la limpieza de las calles a todos los vecinos que habitan en las tiendas, regando y barriendo el frente de sus casas dos veces al día, debiendo hacer lo propio los habitantes en pisos.
Segunda. Se prohíbe echar aguas pestíferas y corrompidas en las calles, así como cualquier otra clase de líquidos.
Tercera. Hasta las 5 de la mañana se permitirá sacar las letrinas, no pudiendo empezar a hacerlo hasta dadas las 2 de la madrugada.
Cuarta. Se prohíbe tener estercoleros en las casas que puedan perjudicar al vecino.
Quinta. En el sensible caso de declararse el cólera en este pueblo se designa para casa hospital la llamada de Pomaret, como lo había sido en la ultima invasión.
Sexta. Que se oficie al Sr. Comandante Militar de este distrito para que disponga que los alojamientos en este pueblo de soldados solo sean dos en cada casa o uno si fuese posible atendido lo reducido de las habitaciones.
Séptima. Durante las criticas circunstancias los cadáveres solo deberán permanecer en la iglesia el preciso tiempo de celebrar los responsos, disponiendo abolir este termino si la Junta lo estima oportuno.
Octavo. Todos los días se pasará un registro por una comisión, de todos los comestibles y frutas de la plaza que resulten averiadas quedando todo decomisado sin perjuicio de lo que haya lugar.
Nono. La Junta se reserva el dictar las demás disposiciones en la sesión siguiente según lo exijan las circunstancias.
Sin mas dispuso el presidente levantar la sesión y firmar este acta.
Clemente Ferrater ( Secretario )
6 de agosto
La junta determina prohibir el que se entren ropas procedentes de Barcelona así como las sábanas de la tropa que se sabe se lavan en este pueblo, que no sean anteriormente mojadas en dicha ciudad
Y se determina que se oficie a todos los facultativos de ésta que cualquier caso de cólera que observen en sus enfermos den inmediatamente parte a la secretaria.
9 agosto
Se leyó un oficio del Excmo. Sr. Gobernador civil de la provincia en que se expresa que esta junta se abstenga de destinar por hospital el manso Pomaret, y se acordó darse por enterados y elegir en su lugar la casa llamada Puignou
Se leyó un oficio de la Abadesa de Pedralbes en el que reclama el apoyo de esta Junta a fin de que no se lleve a efecto la traslación en aquel recinto de los fatuos enfermos del hospital de la santa cruz y se acordó constituirse acto continuo una comisión oficiando se abstenga de admitir persona ni efecto alguno procedente de Barcelona sin el previo consentimiento de esta Junta.
10 agosto
Se amplia la junta con los vocales Jacinto Artigas , Francisco Fabregas, Manuel Cuyás y Jacinto Vall.
Se determino nombrar un individuo diario para vigilar sobre la limpieza de todo dando parte de las novedades, quedando nombrado para el día de mañana d. José Bosch Canet día 11, Marata el día 12 Tintorer y cuyas dia 13, Turell 14, Casanovas 15, Negrevernis 16, Manuel Cuyás 17, Jacinto Artigas 18, Francisco Fabregas 19, y vuelve a empezar el turno en el mismo orden indicado.
17 agosto
El Sr. Presidente indica que el objeto de la sesión es con el fin de acordar se centralicen los caudales que se han recaudado y se recauden de limosnas nombrando al efecto un depositario y se acordó por unanimidad nombrar al cura párroco Sr. Joaquín Morist.
Igualmente se acordó nombrar por interventor a D. Manuel Cuyás el que hará los libramientos con la firma del Sr. Presidente
Se acordó nombrar tres individuos de entre la junta al objeto de cuidar el arreglo interior de l hospital y fueron Jacinto Tintorer Cuyás, Jose Bosch Canet y Jacinto Artigas. El Sr. Cuyás dijo que estando de turno se le ha dado parte de que algunas lavanderas introducían ropas sucias procedentes de Gracia y San Gervasio y se acordó que por ningún motivo se permitiese la entrada de semejante ropa quedando en cargo de su exacto cumplimiento el vocal de turno
23 agosto
Se acordó que no se toquen por la noche las campanas cuando sale el viático y al efecto de que no se vaya solo habrá consecutivamente un hombre de guardia que cuidara de avisar a la tropa de la prevención para que vayan seis soldados, este hombre estará siempre en casa del enterrador.
Se acordó que se nombre tres hombres , los que unidos con el campanero cuidaran de amortajar los difuntos, meterlos en las cajas, enterrarlos y por turno uno de ellos pernoctaran en casa del campanero por las necesidades de viático y además se señalan a dichos sujetos diez reales diarios a cada uno.
Que el carpintero que haga el ataúd debe dar ocho reales de vellón por cada uno al tesorero de la junta y en la casa que son pudientes impongan el Sr. cura párroco-tesorero cuarenta reales de vellón; queda al arbitrio del Sr. cura párroco que si no pueden los sepultureros hacer los hoyos exija de la casa mortuoria los 16 reales que hasta ahora se han exigido para mandarlo hacer otras personas.
Los pobres de solemnidad serán enterrados a costa de la junta.
Se acordó que se arregle la letrina de la casa cuartel donde hay la guardia de prevención.
Que se prevenga a los cortantes( carniceros) que tengan siempre limpio el matadero bajo la multa de 100 reales.
Que se oficie a los señores facultativos de esta que cuando alguno de sus enfermos murieren de cólera den parte inmediato a la junta así como el correspondiente certificado si murieren de otra enfermedad.
El Sr. Cura párroco no tiene obligación de ir a buscar al difunto si este hubiere muerto del cólera prohibiéndose a los reverendos sacerdotes de su dependencia que lo verifiquen
28 agosto.
Se acordó que se hiciese un pregón para que ningún habitante este pueblo admita ningún enfermo en su casa, previniéndose a los que lo admitan que se cerraran sus casas por termino de 6 días quedando incomunicados todos los habitantes de ella y debiendo pagar los gastas que dicha ación se ocasionen.
Se acordó que se hiciese otro pregón que si se les propusiera para alquilar sus habitaciones no pueden hacerlo sin consentimiento de esta Junta.
Se acordó que se haga un pozo para limpieza del matadero.
30 agosto.
Se acordó que los hoyos que se hagan para enterrar a los difuntos deban tener 8 palmos de profundidad quedando responsable el enterrador Juan Casals del cumplimiento de esta medida.
Atendidas las reclamaciones de varios particulares de este pueblo se prohibe que mientras duren las actuales circunstancias que no se entre ningún cadáver en la iglesia sin salir cruz ni clero, muera aquel de la enfermedad que fuera, pasando solo vía recta de la casa al cementerio de cuya providencia pásese oficio al Sr. cura párroco.
7 septiembre
Se leyó una solicitud firmada por varios particulares pidiendo se mande quitar un corral de cerdos que existe en la torre del Marques de Vilana, y se acordó como se pide.
Se acordó se haga un pregón previniendo que no se presente en la plaza ninguna clase de fruta así como pimientos, tomates, berenjenas, y demás imponiendo al que no lo cumpliese una multa de 32 reales.
Que se de la orden a Pedro Tataret y todos los que venden patas y menudeos de las reses que se matan en el matadero de este común, que todos los días lo que no se haya vendido a las 10 de la mañana se tire bajo la multa de 32 reales.
Se prohibe igualmente matar ninguna ternera que no pase de 70 libras carniceras.
A patir d’aquest dia no troben més reunions i coincideix amb la data de l’última defunció.
Com anècdota curiosa copio una recepta de l’època.